Nuevas medidas en Entre Ríos: regirán en Oro Verde sin cambios.

El Gobierno provincial dio a conocer este sábado las medidas focalizadas de cuidado que regirán para la provincia de Entre Ríos hasta el 9 de julio en el marco de la grave situación epidemiológica de todo el país. El Municipio adhirió a estas disposiciones y decidió que se aplicarán sin cambios en Oro Verde. A continuación el detalle:

• Sigue restringida la circulación entre las cero y las seis horas de cada de día, salvo las personas afectadas a las actividades exceptuadas por artículo 11 del DNU 125/21 y artículo 20 del DNU 287/21.

• Quedan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.

• Se restringe la permanencia de personas en plazas, parques, paseos y espacios públicos, quedando solamente permitida la circulación en dichos lugares.

• Se establece que la actividad gastronómica (restaurantes y bares) deberá funcionar entre las 6 horas y las 23 horas de cada día, con un aforo del 30 por ciento de ocupación en espacios cerrados. También están habitadas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio.

• Los talleres artísticos y academias de danzas se realizarán con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.

• Los cines tendrán un 30 por ciento de aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, mientras que para los teatros y centros culturales será del 50 por ciento.

• Queda suspendida la competencia deportiva, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintos clubes e instituciones, salvo las habilitadas por organismos u organizaciones nacionales.

• Se permite el entrenamiento y práctica deportiva en clubes y espacios afines con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos.

• El coeficiente de ocupación de los espacios cerrados de gimnasios se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas correspondientes protocolos.

• Las actividades culturales y deportivas autorizadas, podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas de cada día.

• Se permite la realización de celebraciones religiosas de 6 a 21 hs, con un aforo del 30 por ciento en espacios cerrados.

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